Ayudas para la rehabilitación energética de tu edificio

20 de November, 2013

El gasto energético en las Comunidades de vecinos es algo, evidentemente, inevitable, pero cada vez más es posible ahorrar en este punto del presupuesto. El ahorro energético en los edificios puede afrontarse con varias actuaciones y desde el pasado 1 de octubre es posible reformar los inmuebles con un programa de ayudas puesto en marcha por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

El Programa de Ayudas para la Rehabilitación Energética de Edificios existentes en el sector residencial, conocido como PAREER, cubre actuaciones que mejoren la calificación energética total del edificio en, al menos, una letra medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono. Seguro que esta imagen te resulta familiar.

Escala de calificación de eficiencia energética

Estos valores van de la letra G, inmuebles menos eficientes y con mayores emisiones, hasta la letra A, inmuebles más eficientes con menos emisiones. Aunque el baremo usado cambia dependiendo de si el edificio es de nueva construcción o ya existente.

¿Qué actuaciones se incluyen en las ayudas?

Para poder acceder a las ayudas, se deberán presentar proyectos de rehabilitación que deberán incluir una o más de las siguientes actuaciones:

1. Fachada. Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica. Se ayudará bajo la modalidad combinada de entrega dineraria sin contraprestación y préstamo reembolsable (con un tipo de interés: Euribor + 0,0% y un plazo de amortización de los préstamos de 12 años.

2. Calderas. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación. Ayuda bajo la modalidad de préstamo reembolsable

3. Paneles. Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas. Ayuda bajo la modalidad de préstamo reembolsable

4. Geotermia. Sustitución de energía convencional por energía geotérmica en las instalaciones térmicas. Ayuda bajo la modalidad de préstamo reembolsable

¿Hasta cuándo puedo solicitar las ayudas?

Las ayudas podrán solicitarse hasta el 30 de octubre de 2015. A través de este enlace puedes acceder al programa de ayudas y a la documentación relativa al PAREER.